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SUTEP LA LIBERTAD: LA IMPROCEDENCIA DE HUELGAS EN EL ESTADO Y LOS TRABAJADORES EN LA EDUCACIÓN.

lunes, 3 de septiembre de 2012

LA IMPROCEDENCIA DE HUELGAS EN EL ESTADO Y LOS TRABAJADORES EN LA EDUCACIÓN.

  • La improcedencia de huelgas en el Estado y los trabajadores en la educacion
    COMENTARIO A LA RM N° 0322-12- ED Por Mancho Vásquez Abogado La declaración improcedente del aviso de Huelga aprobada por la AND del SUTEP no debe alarmar a ningún maestro que conoce su historia y la historia de las luchas sindicales del Perú, porque el Estado no ha declarado procedente ninguna huelga, que yo sepa, de los trabajadores públicos o privados.

    Las huelgas son procedentes porque es un derecho laboral fundamental. (art. 28 del Constitución: El Estado reconoce el derecho de huelga). Lo que pasa es que el Estado escamotea, restringe, impide el ejercicio de este derecho cuando, por ejemplo, con la Ley 28411 establece que no pagará al servidor público que no realiza trabajo efectivo; igual ocurre cuando con la Ley 28988 constituye "a la Educación Básica Regular como SERVICIO PUBLICO ESENCIAL" solo para exigir al SUTEP "la nómina de personal directivo, jerárquico, docente, auxiliar de educación, administrativo y de servicio... para asegurar la continuidad de los servicios..." a sabiendas que las Is. Es no son hospitales con atenciones de emergencia, o empresas de servicio de agua potable o de electricidad, de limpieza pública, etc., en los que posiblemente podría elaborarse la referida nómina. Es más, los trabajadores administrativos y de servicios de las Is.Es. no están afiliados al SUTEP sino a la FENTASE y muchos directores de las Is. Es. asisten a "laborar" sin figurar en ninguna nómina.

    En ves de hacer este tipo de legislación, el Estado debería establecer que su obligación esencial es invertir el 6% del PBI en educación, como recomienda la UNESCO, y así elevar el grado de calidad educativa y con ello los maestros perciban mejores remuneraciones y mejoren la función educativa encomendada, los estudiantes y padres de familia verían buenos resultados.

    Como el Estado-MED ha declarado improcedente la Huelga, al llevarse adelante la misma el MED procederá a declararla ilegal. Esta decisión no debe importar porque se trata de una medida destinada a quebrar la Huelga LEGITIMA(conforme al derecho, a la razona, a la justicia y es aprobado o respaldado por la población) de los maestros generando el rompan filas.

    Algunos directores de DREs y UGELs, aspirantes a dictadorzuelos, viene ordenando a los Directores de I.E. que informen a partir del 5 de Setiembre, quienes son los maestros que acatan la Huelga para ser procesados por ABANDONO DE CARGO. Esta falta es aplicable en situación laboral normal más no en situación extraordinaria de Huelga porque este constituye el ejercicio de un derecho constitucional.

    La X HNI del SUTEP no podrà ser deternida con las leguleyadas del Estado. Los maestros llegan a la X HNI con historia y experiencia. Jornadas heroicas en tiempos de dictadura militar no pudieron ser ahogadas ni derrotadas, tampoco podràn hacerlo en estos tiempos, aunque tengan como aliados al CONARE-MODAVEF-SL.

    RECUERDA a Horacio ZevallosMaestro,en tu libro de lucha
    he aprendido
    que no traicionar
    es un mandamiento.

    me enseñaste a vencer ciudades
    y lisas montañas
    a no retroceder
    como el agua constante

    RECUERDA a Ricardo Dolorier. Ser MAESTRO en el Perú es una forma peligrosa de vivir;
    ser maestro en el Perú es una forma hermosa de morir
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