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jueves, 30 de enero de 2014
FIDEL y la II Cumbre CELAC
Asignaciones económicas a docentes por zona rural, zona frontera, VREM
ASIGNACIONES ECONOMICAS A DOCENTES POR ZONA RURAL, ZONA FRONTERA, VREM
DECRETO SUPREMO N° 014-2014-EF
Que, la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, durante el Año Fiscal 2014, a implementar lo dispuesto en el literal b) de la Décima Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944 – Ley de Reforma Magisterial, para lo cual queda exonerado de las disposiciones legales que se opongan o limiten su aplicación; Que, por lo expuesto, resulta necesario fijar los montos y criterios técnicos de las asignaciones temporales: por servicio en institución educativa pública unidocente, multigrado o bilingüe; por trabajo en instituciones educativas públicas ubicadas en el ámbito rural, de frontera y por laborar en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) correspondiente a los profesores de instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico Productiva, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; De conformidad con el artículo 118 de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-ED, y la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; DECRETA:
Artículo 1.- Asignación Temporal por prestar servicio efectivo en una Institución Educativa Pública Unidocente o Multigrado de Educación Básica y Educación Técnico Productiva
Establézcase el monto de la asignación temporal por prestar servicio efectivo en una institución educativa pública unidocente o multigrado de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, definidas y clasificadas en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, conforme al siguiente detalle: 1.1. Asignación temporal por prestar servicios en una institución educativa pública Unidocente: Doscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 200,00). 1.2. Asignación temporal por prestar servicios en una institución educativa pública Multigrado: Ciento Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 140,00). La percepción de estas dos asignaciones son excluyentes entre sí.
Artículo 2.- Asignación Temporal por prestar servicio efectivo en una Institución Educativa Pública (IE) comprendida en la Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico (EIB)
Establézcase el monto de la asignación temporal por prestar servicio efectivo en una institución educativa pública de Educación Básica o Educación Técnico Productiva perteneciente a la Educación Intercultural Bilingüe, reconocidas como tales en el marco de los procedimientos para el registro de instituciones educativas de educación intercultural bilingüe, de educación intercultural y de docentes bilingües en lenguas originarias, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0630-2013-ED, conforme al siguiente detalle: 2.1. Asignación temporal por prestar servicios en una institución educativa pública comprendida en EIB de acuerdo al criterio lingüístico: Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50,00). 2.2. Asignación temporal adicional por contar con acreditación del Ministerio de Educación en el dominio de la lengua originaria correspondiente a la institución educativa pública comprendida en EIB: Cien y 00/100 Nuevos Soles (S/. 100,00). La percepción de las asignaciones antes mencionadas no son excluyentes entre sí, de corresponder.
Artículo 3.- Asignación Temporal por prestar servicio efectivo en una Institución Educativa Pública ubicada en zona rural y/o de frontera
Establézcase el monto de la asignación temporal por prestar servicio efectivo en una institución educativa pública de Educación Básica o Educación Técnico Productiva ubicada en zona rural y/o de frontera, determinados como tales en el marco de la Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y la Segunda Disposición Complementaria Final de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-ED, conforme al siguiente detalle: 3.1. Asignación temporal por prestar servicios en una institución educativa pública ubicada en zona rural, según clasificación de ruralidad: a. Rural 1: Doscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 200,00). b. Rural 2: Cien y 00/100 Nuevos Soles (S/. 100,00). c. Rural 3: Setenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 70,00). El Ministerio de Educación actualizará anualmente el padrón de instituciones educativas públicas ubicadas en zonas rurales y el tipo de ruralidad correspondiente. 3.2. Asignación temporal por prestar servicios en una institución educativa pública ubicada en zona de frontera: Cien y 00/100 nuevos soles (S/. 100,00) La percepción de las asignaciones antes mencionadas no son excluyentes entre sí, de corresponder.
Artículo 4.- Asignación Especial por prestar servicio efectivo en una Institución Educativa Pública ubicada en el VRAEM
Establézcase el monto de la asignación especial por servicio efectivo en una institución educativa pública de Educación Básica o Educación Técnico Productiva ubicada en el ámbito de intervención directa del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro
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VRAEM, en el marco del Decreto Supremo N° 021-2008-DE-SG, modificado por los Decretos Supremos N°s. 074-2012-PCM y 090-2012-PCM, conforme al siguiente detalle: Asignación especial por prestar servicios en una institución educativa pública ubicada en el ámbito de intervención directa del VRAEM: Trescientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 300,00) Esta asignación especial será otorgada en tanto el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM continúe declarada como prioridad nacional del desarrollo económico social y la pacificación.
Artículo 5.- Vigencia y Características de las Asignaciones
Las asignaciones temporales establecidas en los artículos 1, 2, 3 y 4 del presente Decreto Supremo entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma. Estas asignaciones no tienen carácter remunerativo ni pensionable, no se incorporan a la Remuneración Íntegra Mensua–RIM del profesor, no forman base del cálculo para la asignación o compensación por tiempo de servicios o cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones o entregas, ni están afectas a cargas sociales.
Artículo 6.- Criterios Técnicos para la percepción de las Asignaciones
Las asignaciones establecidas en los artículos 1, 2, 3 y 4 del presente Decreto Supremo no son excluyentes entre sí, corresponden en los casos que el profesor y la institución educativa reúnen las condiciones para su percepción. Estas asignaciones son otorgadas al profesor en tanto desempeñe función efectiva en dichas instituciones educativas identificadas de acuerdo a los criterios señalados en los artículos 1, 2, 3 y 4 del presente Decreto Supremo, caso contrario dejará de percibirlas. Para efectos del presente Decreto Supremo el desempeño de la función efectiva incluye el descanso vacacional y el periodo en el que se encuentra percibiendo los subsidios regulados en la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
El Ministerio de Educación actualiza anualmente los padrones de instituciones educativas públicas comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico, instituciones educativas ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad, instituciones educativas ubicadas en zona de frontera y por tipo de institución educativa, los cuales constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones señaladas en el presente Decreto Supremo. Las asignaciones deben estar registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Las unidades ejecutoras de los pliegos correspondientes son responsables del otorgamiento de las asignaciones, teniendo en cuenta las características y criterios establecidos en la presente norma, y la información registrada en los padrones y en el Aplicativo Informático a que hace referencia los párrafos tercero y cuarto del presente artículo.
Artículo 7.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.-
Dispóngase que los profesores de Educación Básica y Educación Técnico Productiva comprendidos en la Ley N° 29944 – Ley de Reforma Magisterial, a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, no podrán seguir percibiendo los siguientes conceptos, los mismos que están siendo percibidos en el marco de la Décima Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944 – Ley de Reforma Magisterial, en los siguientes casos:
1.1 En el caso de los profesores que provengan de la Carrera de la Ley del Profesorado, la bonificación adicional por servicio efectivo en zonas rurales y de frontera, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 011-93-ED, la bonificación por zona de selva, altura excepcional, zona de menor desarrollo relativo y emergencia, dispuesta por el artículo 48 de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado, y el artículo 211 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-90-ED, y los incrementos diferenciados otorgados por los Decretos Supremos Nos. 050-2005-EF, 069-2005-EF y 081-2006-EF por laborar en institución educativa unidocente y multigrado.
1.2 En el caso de los profesores que provengan de la Carrera Pública Magisterial, las asignaciones por tipo y ubicación de la institución educativa establecidas en el artículo 47 de la Ley N° 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial, con la entrada en vigencia de las asignaciones temporales y especiales que se regulan en el presente decreto supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación-+
Chile afirma que el triángulo externo pertenece a aguas internacionales
Sin embargo, en el mapa se indica que el triángulo externo no pertenece a Perú y, todo lo contrario, son catalogadas como “aguas internacionales”, pese a lo dictaminado por el tribunal supranacional.
Cabe precisar que, en su sentencia, la Corte de La Haya señaló que no considera pertinente pronunciarse sobre el pedido del Perú de declararse el triángulo externo como un área de derechos soberanos exclusivos.
En otras palabras, esta zona, de aproximadamente 28 mil km2, fue otorgada al Perú, tras rechazarse el argumento chileno de que esta zona continúe siendo de altamar o aguas internacionales.
De hecho, la Corte de La Haya acompañó su sentencia con un mapa en el que se observa claramente que este triángulo externo pertenece al Perú, hecho que fue resaltado por el presidente Ollanta Humala en su discurso a la Nación.
Es más, un día después de conocerse el fallo, Perú envió dos naves al llamado triángulo externo, a fin de identificar los recursos hidrobiológicos de la zona.
Lea "Sin motivos para celebrar", la columna de Juan Sheput
No me encuentro entre aquellos que creen que el reciente fallo de la Corte Internacional de Justicia nos da motivos para celebrar. A lo mucho ha servido para que Perú y Chile cierren el capítulo de las disputas limítrofes en cuanto al mar se refiere, pero en lo sustantivo no ha beneficiado en absoluto al Perú.
Se dice, por ejemplo, que Perú ha recuperado 50.000 km² de mar. No es tan exacto. En cualquier escenario se daba por descontado que, sea cual sea el veredicto, los 28.356 km² del triángulo exterior iban a ser otorgados al Perú por la sencilla razón que, de no ser así, la Corte Internacional iba a ir en contra de la Convención del Mar, lo cual era impensable. A tal punto esto es una realidad que el único juez que votó en contra de esta asignación del triángulo exterior marítimo al Perú fue el juez ad-hoc chileno Francisco Orrego Vicuña, nombrado específicamente por la cancillería vecina para este diferendo. La Corte Internacional recalca que sobre este triángulo Perú tiene derechos económicos mas no soberanía, según los estatutos de la Convención del Mar, razón por la cual Chile indica que ellos seguirán navegando por estos mares pues así lo señala el derecho marítimo internacional. Por lo tanto se miente cuando dicen que hemos ganado territorio en alta mar.
Por otro lado el Perú ha perdido definitivamente el mar que bañaba las costas de Tacna. Con todo derecho hay indignación en la tierra heroica. Una vez más Tacna sufre las consecuencias de una nueva mutación. Nuestra solidaridad con ellos. Pero no sólo de pérdida de soberanía marítima se trata. Chile pretende el triángulo terrestre de poco más de 37,000 mt² ubicado entre el Hito No. 1 y el Punto Concordia. Eso es inaceptable constituyendo una maniobra política que busca por objetivo dilatar el proceso de implementación del fallo. En ese sentido lo más lamentable es la falta de firmeza del presidente Humala que, cuando candidato, amenazaba con hacer marchas en esa zona. En estos días, en discurso oficial, dice que se encuentra “satisfecho con el fallo”.
Al Perú se le otorga un espacio marítimo a partir de la milla 80 que es el paralelo desde el Hito No.1. La posición peruana siempre fue desde el Punto de la Concordia. No se nos dio la razón. En el Perú algunos se alegran que se haya obtenido casi 22.000 km² a partir de la milla 80. No dicen que la riqueza pesquera está dentro de las 40 primeras millas de allí que tanto empresarios como clase política chilena digan que mantienen intactas sus operaciones pesqueras y tienen la razón. El 100% de la pesca chilena en esa zona se hace en las 30 primeras millas y ellos se han asegurado hasta la 80. En el Perú la Sociedad Nacional de Pesquería ha señalado que en el área obtenida, y que tanto celebran algunos, sólo se podrá pescar 5.000 toneladas nuevas a las que ya se vienen capturando. Me pregunto ¿eso es motivo para celebrar? Chile mantiene intacta su hegemonía pesquera en la zona.
Basadre señalaba con precisión el penoso papel de la clase dirigente peruana que ve con naturalidad la pérdida de soberanía. La situación sigue igual. Sean comentarios por encargo o de personas que ignoran la historia del Perú, se pretende decir que el reciente fallo de La Haya es totalmente beneficioso para el país. Se dice que en Chile el propio presidente Piñera se lamenta de los resultados. No me extraña. En Chile saben hacer política, no silenciaron a su clase dirigente durante el proceso, calculan el efecto de sus declaraciones y no claudicaron de su derecho al cabildeo. Allí están los resultados. Si en Chile se lamentan es porque saben que la celebración es enemiga del statu quo comercial y tienen que aparentar pesar para que sus intereses comerciales en el Perú no se vayan a afectar. Eso es hacer política, una palabra que en el Perú cada vez está más devaluada.
No aprendemos de la Historia porque la ignoramos con entusiasmo. Pretendemos decir que hay soberanía en el mar de Grau cuando en la práctica no existe. Se promulga una ley pesquera para preservar los recursos marítimos a cargo de empresas peruanas y lo primero que hacen estas empresas es vender sus activos, y las licencias de pesca por supuesto, a voraces capitalistas chinos. A este ritmo el “mar de Grau” será explotado por extranjeros perdiendo la oportunidad de hacer de nuestros recursos estratégicos una ventaja competitiva. No tenemos clase dirigente y mucho menos élites, recordando nuevamente a Basadre. En ese sentido el espectáculo de la portátil nacionalista en Palacio de Gobierno o del abanderamiento aprista celebrando el fallo es brutalmente anecdótico.
No hay nada que celebrar. Es mi punto de vista. Sólo queda cumplir el fallo. La historia será la que señale el papel que en estos días cumplieron gobernantes, políticos, empresarios y medios de comunicación. De ese veredicto no se escaparán.
¿De qué "se siente complacido" Ollanta?
* El triángulo externo no será mar territorial sino solo zona económica exclusiva.
* Tacna (parte heroica del Perú) no ha recuperado un solo centímetro de mar territorial.
* Al haber tomado como referente del trazado de la nueva frontera marítima, el TIDLH da como argumento a los gobernantes chilenos que el triángulo territorial que va hasta el hito de la Concordia es territorio Chileno.
* La riqueza, la biomasa, pesquera ha quedado para el lado de Chile.
* La bisectriz que reclamábamos, con justicia, nos ha sido negada. Hemos perdido mar territorial.
* En el triángulo de La Concordia, tenemos costa sin mar, "mar seco".
¿Esto festejan Ollanta, la CONFIEP y El Comercio?
Por lo menos Ollanta tiene la obligación de decir que la sentencia ha sido injusta para el Perú pero que al haber recurrido al TIDLH, se ve obligado a acatar ese fallo.
CUADRO DE HORAS-CONSIDERAR EL NIVEL MAGISTERIAL NO ESCALA POR EL 2014
Incorporan Disposición Complementaria Transitoria en la Norma Técnica aprobada mediante R.M. Nº 0624-2013-ED
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2014-MINEDU
Lima, 28 de enero de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, el literal h) del artículo 80 de la referida Ley consigna como función del Ministerio de Educación, entre otras, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento de personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;
Que, conforme al artículo 1 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, dicha norma tiene por objeto normar las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizada, regulando deberes y derechos, la formación continua, la Carrera Pública Magisterial, la evaluación, el proceso disciplinario, las remuneraciones y los estímulos e incentivos;
Que, el literal a) de los acápites referidos a la Educación Básica Regular del nivel Secundaria y a la Educación Básica Alternativa ciclo avanzado del numeral 5.4.3 de la Norma Técnica denominada “Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la educación básica regular y del ciclo avanzado de la educación básica alternativa”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 624-2013-ED, establece que la distribución de horas pedagógicas se realiza de acuerdo a un orden de prelación, considerando como criterio, entre otros, a la Escala Magisterial;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0631-2013- ED, el Ministerio de Educación convoca excepcionalmente a dos concursos públicos nacionales dirigidos a los profesores procedentes de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, para acceder a la tercera, cuarta, quinta y sexta escalas magisteriales, los cuales se realizarán en agosto y octubre del año 2014, conforme al cronograma y las demás disposiciones que se apruebe mediante resolución ministerial;
Que, mediante Informe Nº 007-2014-MINEDU/SG-OGA- UPER, la Unidad de Personal del Ministerio de Educación sustenta la necesidad de establecer una excepción por la cual no se aplique para el año 2014, el criterio establecido en el literal a) de los acápites referidos a la Educación Básica Regular del nivel Secundaria y a la Educación Básica Alternativa ciclo avanzado establecido en el numeral 5.4.3 de la Norma Técnica denominada “Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la educación básica regular y del ciclo avanzado de la educación básica alternativa”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 624-2013-ED; debiendo considerar en su lugar el nivel magisterial alcanzado por los docentes en la Ley del Profesorado o en la Ley de la Carrera Pública Magisterial.
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; y en la Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada “Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación”;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Incorporar una Disposición Complementaria Transitoria en la Norma Técnica denominada “Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la educación básica regular y del ciclo avanzado de la educación básica alternativa”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 0624-2013-ED, con el siguiente tenor:
“VIII.- Disposición Complementaria Transitoria
Única.- Excepcionalmente para el año 2014, no es aplicable el criterio establecido en el literal a) de los acápites referidos a la Educación Básica Regular del nivel Secundaria y a la Educación Básica Alternativa ciclo avanzado, del numeral 5.4.3 de la presente norma, en su lugar se considerará el nivel magisterial alcanzado en la Ley del Profesorado o en la Ley de la Carrera Pública Magisterial.”
Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial, en el Sistema de Información Jurídica de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Publicado por Antonio Zarazu Gomero en 17:54
Fuente: http://abogazago.blogspot.com/2014/01/cuadro-de-horas-considerar-el-nivel.html
SUTEP: Minedu deja sin efecto escalas magisteriales para cuadro de horas
Fecha: 29 de enero de 2014, 17:55
Asunto: SUTEP: Minedu deja sin efecto escalas magisteriales para cuadro de horas
Para: walter quiroz <walterariesabril14@yahoo.es>
Hacemos llegar la RM Nº 037-2014-MINEDU (que modifica la RM Nº 0624-2013-ED) que deja sin efecto las escalas magisteriales en la elaboración del cuadro de horas y serán tomados en cuenta los niveles que correspondia antes de la aprobación de la ley 29944.
martes, 28 de enero de 2014
EL OLOR A ROMERO AUMENTA LA MEMORIA HASTA UN 75%
Programa más médicos para Brasil: símbolo de integración y humanismo
Cuba respondió al llamado de la presidenta Dilma Rousseff para la colaboración en servicios médicos
LISANDRA FARIÑAS ACOSTA
La cuarta brigada de médicos cubanos que prestarán servicios en la hermana República Federativa de Brasil como parte del programa Más Médicos y conformada por dos mil profesionales, fueron despedidos en acto oficial este lunes en la Unidad Central de Cooperación Médica en la capital del país.
Cuba, que aporta ya su colaboración médica en 66 países, respondió al llamado internacional que hiciera la presidenta Dilma Rousseff en el 2013 a los gobiernos para la colaboración en servicios médicos.
El pasado año partieron hacia Brasil los primeros 400 médicos en agosto, otros 2 mil en octubre y 3 mil en noviembre. Entre enero y marzo de este año deben arribar a Brasil otros 6 mil galenos más hasta completar la cifra de 11 mil 400 especialistas en Medicina General Integral, con experiencia en misiones anteriores.
El gigante suramericano cuenta con un sistema de salud que ha dotado a la nación de una sólida infraestructura en todas las regiones. Sin embargo, faltaban médicos en muchas de las unidades básicas de atención existentes.
La ocasión sirvió además de escenario para la firma de una carta de intención entre los ministerios de Cuba y Brasil y el Grupo de las Industrias Biotecnológicas y Farmacéuticas BIOCUBAFARMA, que establece las bases de cooperación para la innovación y desarrollo conjunto de biofármacos, desde las edades tempranas de la investigación, hasta la posibilidad de fabricar productos biofarmacéuticos en ambos países.
La implementación de estos acuerdos, firmados por Alexander Rocha Santos Padilla y Roberto Morales Ojeda, titulares de Salud de Brasil y Cuba respectivamente, y por José Luis Fernández Yero, presidente en funciones de BIOCUBAFARMA, facilitará el acceso de las empresas de ambos países a las tecnologías desarrolladas así como las coberturas de las necesidades de salud de sus poblaciones.
Asimismo, se produjo la firma de una hoja de términos entre la empresa brasileña Odebrecht y la empresa cubana CIMAB D.A. para la constitución de una empresa mixta cubanobrasileña en la Zona Especial de Desarrollo de Mariel, con el objetivo de fomentar la producción industrial de anticuerpos monoclonales terapéuticos innovadores y conocidos, utilizando tecnología cubana y capital brasileño.
Dicha producción contribuirá a satisfacer las demandas que para estos medicamentos tienen ambos países, y generar exportaciones conjuntas hacia otros mercados.
Firmaron estos acuerdos por la parte cubana el doctor Agustín Lage, director del Centro de Inmunología Molecular, y por la parte de Brasil, Mauro Augusto da Silva, representante superintendente de la compañía de obras e infraestructura Odebrecht.
Alexander Rocha Santos Padilla, titular de salud brasileño, agradeció en nombre del pueblo de Brasil y de su presidenta Dilma a los médicos cubanos, que han atendido ya más de 3 millones de brasileños.
Subrayó que una gran cantidad de pueblos indígenas no poseen asistencia sanitaria en su país. "El apoyo de Cuba es una gran demostración de humanismo", dijo.
Por su parte el titular del sector cubano, Roberto Morales Ojeda, ratificó que Cuba no ofrece lo que le sobra, sino que comparte lo que tiene, a la vez que significó la importancia de los acuerdos firmados. "El programa Más Médicos prioriza la atención primaria de salud y pretende dar el 100 % de cobertura a las zonas más pobres y de difícil acceso", destacó Ojeda.
En el acto, los médicos cubanos ratificaron el compromiso de continuar su trabajo solidario para el beneficio de cada ser humano necesitado, sin distinción alguna.
El doctor Eduardo Ojeda Timoneda, especialista en Medicina General Integral, con más de 27 años de experiencia laboral y fundador del contingente internacionalista Henry Reeve, recibió la bandera de este cuarto grupo de galenos.
http://www.granma.cubaweb.cu/2014/01/28/nacional/artic10.html
Ban Ki-moon: La ELAM es la escuela médica más avanzada del mundo
Ban Ki-moon , quien se encuentra en nuestro país cumpliendo una visita oficial, y como invitado a la II Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, fue recibido por el doctor Rafael González Ponce de León, rector de la institución y por el ministro de Salud Pública cubano, doctor Roberto Morales Ojeda.
"Formar médicos de ciencia y conciencia es la misión de esta escuela", dijo al secretario general el rector de la ELAM, quién explicó cómo funciona el programa docente de la escuela, donde estudian actualmente 1015 estudiantes, aunque cuenta con capacidad para acoger al mismo tiempo más de 4000 alumnos en las aulas, y que cuenta ya con nueve graduaciones y más de 20 mil egresados.
El secretario general de la ONU, agradeció a Cuba por lo que calificó de "aportes geniales, al situarse en la línea principal de salud en el mundo, y por estar al frente de la cooperación Sur-Sur".He podido apreciar en comunidades diversas, muchas olvidadas, un factor común: los médicos cubanos o formados en Cuba, que están allí ayudando a salvar vidas", destacó Ban.
"Cuba tiene una larga historia de cooperación. Los médicos cubanos son los primeros en llegar y los últimos en retirarse. Cuba puede enseñarle al mundo sobre su sistema de salud, basado en la atención primaria, con importantes logros como una baja mortalidad, una mayor esperanza de vida y una cobertura universal".
"Estuvieron en Haití enfrentando retos como el cólera, una enfermedad que en el siglo XXI no debe ser una sentencia de muerte porque se puede prevenir y curar. Los médicos cubanos llevan en ello la vanguardia, al igual que en la Operación Milagro que además de devolver la capacidad de ver, nos ha dado una nueva visión del mundo de generosidad y solidaridad: todos somos uno, humanos y hermanos. La salud tiene que dejar de ser privilegio de unos pocos para convertirse en derecho de muchos", subrayó.
Ban Ki-moon intercambió durante esta visita saludos con algunos estudiantes de medicina de la institución, quienes organizaron un breve recibimiento. Al finalizar este, se dirigió a ellos y los impulsó a sentirse afortunados de formarse en una institución como la ELAM, "la escuela médica más avanzada del mundo".
"La salud y el tratamiento de las enfermedades prevenibles es un Objetivo de Desarrollo del Milenio y una prioridad para Naciones Unidas. Salvar vidas: eso es lo que hace Cuba aquí y en el mundo", subrayó.
La ELAM surge en el año 1998, cuando los huracanes Mitch y George azotaron varios países de América Latina y el Caribe, dejando a su paso más de 30 mil muertos. Los médicos cubanos partieron entonces hacia las zonas más afectadas. Posteriormente, por idea de Fidel, comenzó la formación de médicos en Cuba de diferentes naciones, que pudieran prestar ayuda y cambiar la situación de salud en las zonas más necesitadas, apartadas y de mayor pobreza del mundo.
Ver fotos: http://www.granma.cubaweb.cu/2014/01/28/nacional/artic18.html
¿QUÉ HA GANADO PERÚ?
Por Carlos Rojas Galarza
Una vez más se ha demostrado el desinterés histórico de las clases dominantes peruanas por los problemas trascendentales del país, por lo ocurrido con la Sentencia de la Corte de La Haya frente a la delimitación fronteriza marítima que estaba pendiente con Chile.
¿ En qué han estado pensando los diferentes gobiernos que han firmado los convenios de delimitación marítima en la zona de pesca?, ¿No han previsto que esos convenios de posesión de pesca en nuestro propio mar, iban a ser, con el pasar de tiempo, "derechos" tácitos de Chile?
Porque la Corte de La Haya en su argumentación ha utilizado precisamente los mencionados convenios pesqueros marítimos como el de 1952, firmado en Chile el 18 de agosto entre Ecuador, Perú y Chile, llamado Declaración de de Zona Marítima. En 1954, el 4 de diciembre se firma el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima. En los años 1968, 1969, el Perú y Chile suscribieron actas para la colocación de faros para proyectar haz de luz hacia el paralelo 18°21'03" que coincide con el paralelo geográfico que corresponde al Hito No.1 de la frontera terrestre y el 21 de agosto de 1969 donde una comisión mixta peruana-chilena instala una marca en el denominado Hito No.2 (Diario La Primera). Sobre la base de estos convenios, la Corte de la Haya ha considerado la votación a favor de Chile.
Por otro lado, se mantiene a partir del Hito No. 1 como límite el paralelo hasta las 80 millas es decir 128 Kms., que es la zona donde continuará la zona de pesca donde hay abundancia de recursos marinos, quedando en una zona muy restringida para los pescadores tacneños. Y Tacna se queda con lo que se denomina "mar seco". En estas horas de la noche, la población de Tacna están movilizados, sin aceptar que continúen las 80 millas como el límite marítimo.
Más todavía la corte de la Haya ha acordado que no es de su competencia pronunciarse sobre el triangulo de alta mar y que es un tema de ambos países.
En relación con lo dicho por el presidente Piñeira sobre el inicio de la delimitación, es el Hito No 1 que está en un a zona terrestre que dista del mar en unos 267 metros, lo que implicaría que los chilenos también se apropiarían de un triangulo terrestre de 38,000 metros cuadrados.
Las burguesías peruana y chilena están "de fiesta" y el pueblo principalmente tacneño que no ha ganada nada.
En todos los medios de información de Tv no se han referido para nada a las movilizaciones de Tacna y Arequipa que manifestaron su protesta por los resultados del fallo de La Corte.
NADA SE HA GANADO, LO QUE HA SUCEDIDO ES QUE SE HA RECUPERADO(Triángulo interno 21,000 Km2 y triángulo externo 29,000 Km2; en total casi 50,0000 Km2) LO QUE YA NOS PERTENECÍA; Y LAS 80 MILLAS (123 Kms) HA SIDO UNA GRAN PÉRDIDA, CULPA DE TODOS LOS GOBIERNOS ENTREGUISTAS.
LA HAYA: ¿COSTA GAFA O COSTA SECA?
Fecha: 28 de enero de 2014, 13:40
¿A QUIÉN BENEFICIA EL FALLO DE LA HAYA?
UN FALLO DEBAJO DE LOS ESPERADO:
PIÑERA: EL FALLO RATIFICA NUESTRO DOMINIO EN TRIÁNGULO TERRESTRE:
OLLANTA IGNORÓ A TACNA
http://www.prensaescrita.com/adiario.php?codigo=AME&pagina=http://www.larepublica.pe
Representantes de pescadores artesanales consideran que el fallo no los beneficia y que pesca de alta mar no es competitiva.
Con el fallo de la Corte Internacional de La Haya, las opiniones entre los diferentes actores del sector pesquero se encuentran divididas. Tras la decisión de la corte, la frontera marítima entre el Perú y Chile se delimita a partir del Hito 1 siguiendo el paralelo hasta las 80 millas y, desde allí, se sigue una línea equidistante hacia las 200 millas. Con esto, Chile mantiene 80 millas y el Perú obtiene cerca de 50.000 km² de área marítima.
Con este nuevo escenario, las proyecciones de los pesqueros se orientan principalmente hacia la explotación de la pesca de altura o de alta mar, pues la pesca de anchoveta, de gran importancia para las economías del Perú y Chile, se desarrolla principalmente cerca de la costa.
Elena Conterno, presidenta de la Sociedad Nacional de Pesquería, considera que en esta etapa la pesca artesanal tiene más posibilidades que la pesca industrial y que existen diferentes especies alternativas a la anchoveta, como el tiburón, el perico, el pez espada, la pota, el jurel y la caballa. Sin descartar el interés del sector industrial en nuevas especies para la pesca (nuevas pesquerías), la representante gremial cree que los pescadores artesanales de Tacna y Moquegua pueden sacar ventaja de la nueva configuración territorial. En tanto, David Patiño, presidente del Sindicato de Pescadores Artesanales de Morro Sama (Tacna), opinó de manera contraria. Señaló que el fallo no los beneficia y que el gremio al que representa no puede costear, por ejemplo, el traslado hasta la zona de pesca (más allá de las 80 millas).
“Supongo que el fallo beneficiará a la pesca industrial, que tiene las embarcaciones y el equipo necesario”, dijo.
Otras voces en la misma línea manifestaron que, mientras en la zona costera se encuentra la mayor riqueza pesquera, más allá de las 80 millas hay especies, pero migratorias, que podían no ser tan rentables para el sector artesanal, que tendría que asumir fuertes inversiones en el equipamiento de sus embarcaciones, así como en combustible. Sobre este punto, Conterno considera que si bien puede ser difícil y costoso llegar a la nueva zona de pesca, la flota artesanal lo ha venido haciendo con dificultades, las cuales en el nuevo contexto serán resueltas completamente.
“Con la delimitación definitiva de la frontera marítima con Chile se espera que disminuyan las contingencias de las embarcaciones pesqueras peruanas que son detenidas por autoridades chilenas”, señaló.
NUEVAS PESQUERÍAS
Luis Salazar, presidente de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), coincidió con Conterno en que, si bien desde el punto de vista de la pesca de anchoveta el Perú no ganó ni perdió, pues se mantiene el statu quo, se abren otras posibilidades para impulsar nuevas pesquerías que pueden dirigirse al consumo humano directo. En opinión de Humberto Speziani, director de la pesquera Tasa (grupo Breca), el espacio ganado tiene un enorme potencial de desarrollo económico. No obstante, hay un aspecto básico necesario para aprovechar los recursos que se encuentran en la zona, y es trabajar en las regulaciones y promoción sectorial.
“Si se dan las regulaciones específicas por cada pesquería, así como la promoción debida de la pesca de altura, la pesca peruana, en su totalidad, crecerá considerablemente en los próximos años”, dijo.
Para Alfonso Miranda, ex viceministro de Pesquería, si bien la mayor riqueza pesquera está en las primeras millas desde la costa (mayor cantidad de anchoveta), hay recursos pesqueros existentes en alta mar de alto valor que pueden impulsar el desarrollo del sector.
Eso sí, los entrevistados coinciden en que se requerirán fuertes inyecciones de inversión privada, así como planificación estratégica del más alto nivel, para que el nuevo espacio marítimo no sea un “mar seco” y sea aprovechado tanto por pescadores artesanales como industriales.
Sin embargo, Salazar, de la SNI, prefiere ver el tema mucho más allá del sector pesquero y abordarlo como el punto de inicio de una nueva relación de integración con el vecino país. “Un tratado de límites marítimos no es un tema de pesca. Dos países han resuelto sus diferencias de manera pacífica y debemos ver cómo se construye y fortalece hacia el futuro esta relación, desde la transferencia de tecnologías, los servicios, entre otros importantes temas”, manifestó.
DATOS
94% de los recursos pesqueros de la zona que estuvo en litigio corresponde a la anchoveta y 58% del total se captura en las primeras 10 millas, informaron medios chilenos.
65% de la biomasa de anchoveta se reproduce en las cinco primeras millas, según el Ministerio de la Producción del Perú; también, el 100% de especies como el pejerrey, lorna, camotillo, caballa, entre otros.
475 es el número de embarcaciones de la flota pesquera artesanal en la zona sur del Perú (Moquegua y Tacna), según la Sociedad Nacional de Pesquería.
CONSUMO HUMANO DIRECTO
Según Francisco Gómez, abogado del Sindicato de Trabajadores de Grandes Embarcaciones Pesqueras Nacionales, desde el gobierno se debe gestionar una agenda para impulsar la pesca para el consumo humano directo. “La zona ganada debería reservarse para orientarse a la generación de productos de consumo humano directo de alto valor para la alimentación nacional e internacional”, señaló.
FUENTE: http://elcomercio.pe/peru/tacna/pesqueros-ven-posibilidades-nuevos-productos-haya-noticia-1705584
ROCÍO LA ROSA @chiolaro
¿El Perú ha ganado con el fallo de La Haya?
En principio, hemos ganado algo que para nosotros es importante e intangible: ahora tenemos una frontera marítima con Chile, de manera taxativa y clarísima, que ha marcado la corte de La Haya. Esta manifiesta que hay 80 millas marinas en la línea paralela y, a partir de allí, hay una bisectriz que le da al Perú un espacio marítimo que antes no tenía. El solo hecho de tener una frontera marítima es importantísimo para el Perú porque con salda sus dos grandes hipotecas, que eran Ecuador y Chile.
En segundo lugar, no creíamos que Chile iba a tener una frontera tan grande y que iba a continuar la línea paralela. Imaginábamos que esta línea podía continuar unos 40 kilómetros y después de eso se iba a trazar la bisectriz, pero ahora tendrá 80 millas y es una importante porción marítima que tendrá Chile, pero también hay que entender que se abre un espacio marítimo para el Perú.
Por el lado económico, ¿se puede decir que nuestros pescadores artesanales son los menos favorecidos al no tener capacidad para llegar hasta las 80 millas? Es decir, al espacio marítimo ganado por Perú.
Efectivamente, aquí hay un sector que sale con gran desventaja, que son los pescadores artesanales, que recién van a tener posibilidades de pescar con toda la libertad a partir de la milla 80, que si lo ponemos en kilómetros es más o menos unos 280 o 300 kilómetros. Muy difícil, sino casi imposible, que un pescador artesanal llegue hasta estas latitudes porque no hay embarcación artesanal que llegue hasta allí.
Lo que sí se puede entender, y lo ha dicho el presidente, es que le darán especial ayuda a los tacneños, y se quiere traducir que esto será un impulso económico a los artesanales. Yo estoy planteando que ellos puedan agruparse y comprar con la ayuda del crédito del Estado unidades marinas de gran calado, que puedan aventurarse más allá de las 80 millas marinas. Sin duda, el mar peruano ha sido depredado y los cardúmenes de jurel y atún están en las primeras 60 millas. A partir de las 80 es mucho menor. Tendríamos que hacer exploraciones para observar qué riquezas hidrobiológicas y minerales existen por allí y podamos sacar ventaja de este nuevo espacio marítimo.
Pescadores tacneños tras fallo de La Haya: "No ganamos nada"
¿Esto quiere decir que si bien por el lado económico vamos a necesitar algún tiempo para poder beneficiarnos de esta zona, lo inmediato es que nos beneficiamos por el lado político y geopolítico?
Así es. Es importante decir también que la sentencia es muy reciente. Hay que hacer un estudio de mayor profundidad al respecto, hay que ver los alcances de la sentencia, es muy extensa y se ha graficado en las dos horas que habló el presidente de la corte. Es posible que la sentencia tenga hasta 1.400 páginas y cada uno de los alcances hay que irlos estudiando.
¿Entonces hemos ganado en parte?
De las tres solicitudes que habíamos hecho, dos han sido respondidas: la primera a favor del Perú porque ahora existe la frontera marítima, y la segunda, a pesar que no alcanza nuestras expectativas, tenemos ahora 120 millas marítimas.
Tal vez al término de una semana podamos, de una manera más nítida, tener a cabalidad el entendimiento claro sobre en qué medida nos ha afectado o perjudicado. Tengo la impresión que hemos tenido casi un 73% de triunfo en la demanda peruana.
TENDREMOS PLAYA PERO NO PUEDES INGREASAR AL MAR PORQUE EL MAR ES CHILENO Y CUIDADO CON EL TERRITORIO TERRESTRE PIÑEIRA DIJO QUE LA HAYA LES DIO LA RAZON EN CUANTO AL PARALELO.
Esto es muy serio, seria prudente que alguna autoridad del ESTADO se pronuncie AHORA ya que es típico ignorar los problemas del país desde Lima. La gente en Tacna vive en pobreza extrema y no hay casi industrias, solo se ha desarrollado los servicios que son consumidos por chilenos que ingresan con un poco de dinero que muchos tacneños no tienen. A este diario le pido q haga una cobertura de la situación con los tacneños en directo ya q la otra prensa no lo hará por obvias razones.
En realidad Humala no solo ignoró a Tacna sino a todo el país, y esto se da porque estaba mas preocupado por llevar a sus huestes hacia la plaza mayor y palacio de gobierno para festejar nada, si claro que nada, ¿porqué dice que ha recuperado 50 mil Km2, si solo es 21?, porque los 29 restante, se supone que el país tenía como propiedad porque está dentro de las 200 millas, ¿Porqué esos 29 mil km2 está considerado como mar internacional? ¿No es parte de las 200 millas que le corresponde al Perú?, que si no es así entonces somos unos pobres diablos que nos dejamos pisotear por quien quiere y en todos los espacios existentes.
Y no es mar soberano, es ZEE, es decir, los buques chilenos puede navegar por esas aguas sin pedirle permiso a nadie.
No contentos con habernos ROBADO Arica y otros territorios y haber hecho de las suyas en el Perú a raíz de la Guerra del Pacifico en que nos metimos por tontos, ya que debimos dejar que Bolivia se las arregle solo con Chile, ahora los Chilenos pretenden robarnos aun mas territorio. Eso si que es el colmo.
Ya dejen de mecernos las autoridades, que van a poner una bandera o que, en vez de gastar tanto miles en ese viaje de placer, inviertan en esos pueblos cerca de la frontera, que no tienen agua ni desagüe, educación, tecnología para sus embarcaciones, para que no las apresen los chilenos, que están haciendo con esos 10 pescadores detenido en Arica hace meses, la verdad, no sé qué me causa más desazón, los gobernantes ineptos o algunos de mis compatriotas que se tragan el sapo.
Tiene razón don Roberto Chiabra. Tacna fue siempre ignorado por el centralismo, dicen hoy, es el comedor de los chilenos. Lo que vemos hoy, es la consecuencia de lo mal que se hizo en el pasado; desde como se enfrentó la guerra, el apuro por el tratado entregando Tarapacá y dejándose robar Arica, el tratado del 29 cumplido a medias y el 54 se remató entregando el mar sur peruano a los chilenos. La sentencia de la CIJ de la Haya, lo reconoce. LA MEDIOCRIDAD de la dirigencia nacional, hasta las convenciones de Lima. En suma, se ha perdido todo el mar hasta las 80 millas. Se ha ganado?, aceptar eso, era reconocer que el mar era de Chile.
El PARALELO era el límite, CHILE tenía la razón y la fuerza, los pescadores de TACNA fueron engañados, no ganaron nada.
La verdad es que no hemos ganado nada y se nota a la legua que los lobbies chilenos han ajustado a los magistrados. Esas 80 millas son un regalito de Tomka y la Tremenda Corte a Angellini y chile, en ese orden. No hay nada que celebrar.
FUENTE: http://www.prensaescrita.com/adiario.php?codigo=AME&pagina=http://www.larepublica.pe