29 y 30 DE SETIEMBRE 2017 CONVENCIÓN NACIONAL DEL CEN DEL SUTEP. ¡POR EL FORTALECIMIENTO Y UNIDAD DEL MAGISTERIO
SUTEP LA LIBERTAD: 2014

miércoles, 28 de mayo de 2014

QUE HACER CON LAS RESOLUCIONES DIRECTORALES QUE RECONOCEN ASIGNACIONES ECONÓMICAS POR TIEMPO DE SERVICIO O SUBSIDIO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO

He leído los oficios remitidos por el  SUTEP al Ministerio de Educación, pidiéndole que cumpla con pagar las asignaciones económicas por tiempo de servicio, así como el pago del subsidio por luto y gatos por sepelio, entre otros beneficios, que se encuentran reconocido, tanto por sentencias consentidas y ejecutoriadas, como por Resoluciones Directorales, que han alcanzado la condición de actos firmes.

Sin embargo nos encontramos ante los oídos sordos de un Ministro, que lejos de respetar la Ley, conjuntamente con sus funcionarios que hoy ocupan la UGELs,  continúan atropellando al magisterio, vulnerando sus derechos y sus propias normas legales; conducta que ha ocasionado que a la fecha no cumplan con ejecutar los actos judiciales y administrativos, resistiéndose al pago de los beneficios sociales que la Ley reconoce a favor de los docentes.    

En ese contexto, y ante las innumerables de Resoluciones Directorales, que ha alcanzado la condición señalada por el Art. 212º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es decir la condición de actos firmes, nos quepa preguntar qué hacer con ellas, esperar que la Autoridad Administrativa cumpla con pagarlas o que la encarpeten, refundan e ignoren, y por cansancio hagan que se olviden de lo que por derecho y justicia corresponde a los profesores beneficiados.

Como abogado, recomendaría ante esta situación dar inicio a un proceso judicial. Pero, qué proceso judicial permitiría mayor y mejor réditos para el demandante; considero, que se podría demandar la pretensión de cumplimiento del acto administrativo en la vía contenciosa administrativa-juzgados laborales, lograr una sentencia satisfactoria, que disponga el pago del beneficio y sus intereses, dejándose de lado el reconocimiento de las costas y costos del proceso, entre otras acciones; por otra parte, también se podría demandar el cumplimiento de la Resolución Directoral Firme, solicitando el pago del beneficio, los intereses y las costas y costos, en el proceso de cumplimiento regulado por el Código Procesal Constitucional. Proceso con el cual me quedaría, pues a diferencia del otro, tengo la posibilidad de recuperar los costos del proceso.

Al respecto, el Art. 200º, inciso 6), de la Constitución Política establece que la acción de cumplimiento procede contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo; en tanto que el Art. 66º, inciso 1), del Código Procesal Constitucional señala que el proceso de cumplimiento tiene por objeto que el funcionario o autoridad renuente de cumplimiento a una norma legal o ejecute un acto administrativo firme. Resolución Directoral o actos administrativos que a la fecha la poseen miles de docentes, que no se pueden cumplir y/o ejecutar por la renuencia a su cumplimiento por las Autoridades de la UGELs y del Ministerio de Educación.   

En procedente demandar el cumplimiento del acto, en esta vía especial de Derecho Constitucional, toda vez que cumple con los requisitos mínimos comunes que exige el fundamento 14 de la STC Nº 168-2005-PC/TC, es decir, contienen un mandato vigente, cierto, claro e incondicional, y además individualiza al beneficiario, toda vez que en ella se resuelve con meridiana claridad otorgar un beneficio social. Por último, queda tan solo pendiente el cumplimiento íntegro de la referida Resolución Directoral.

Ahora, el hecho que la Autoridad Administrativa obligué al docente a interponer una demanda, le ocasionándole gastos que va a perjudicarlo económicamente. En consecuencia, y sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, debe corresponder demandar accesoriamente el pago de costos conforme a lo dispuesto por el Art. 56.º del Código Procesal Constitucional; y asimismo, según los Arts 1236º y 1244º del Código Civil, pretender los intereses legales a partir de la fecha en que se determinó el pago del derecho. La liquidación deberá realizarla el juez, previa solicitud del demandante, de acuerdo con la tasa fijada por el Banco Central de Reserva en el momento de ejecutarse la sentencia.

Se hace necesario advertir que algunos juzgados, constitucionales, civiles o mixtos, declaran liminarmente improcedente demandas de esta naturaleza; decisión que no debe amilanar al litigante, haciéndolo desistir de esta vía procedimental, sino por el contrario, debe conducirlo a contradecir la ilegal decisión del Juez, interponiendo el recurso de apelación y/o agravio, dependiendo la instancia. Por lo que puede llegar al mismo Tribunal Constitucional, donde por aplicación de la jurisprudencia vinculante, Cfr. STC Nº 4587-2004-AA/TC, puede obtener un pronunciamiento sobre el fondo, aun cuando la demanda haya sido declarada improcedente en las instancias inferiores.

Por lo argumentos expuesto, repito, considero que la vía mas idónea para demandar el cumplimiento de un acto firme, no sujeto a controversia, es el proceso especial regulado por el Código Procesal Constitucional.

MODELO DE DEMANDA DE CUMPLIMIENTO:

EXP                :

ESPEC           :

ESC                : 01

SUMILLA     : DEMANDA DE PROCESO DE CUMPLIMIENTO.

AL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE LIMA NORTE.

XYXYXYXYXYX, identificada  con  DNI Nº XYXYXYX, con  domicilio  real  en Av. Bueno Aires XYXYXYXYX- Puente Piedra, Lima y  señalando domicilio legal en la XYXYXYXYXYX y con Casilla Electrónica Nº 1105 del Poder Judicial; a  Usted  respetuosamente  digo  y  solicito:

I.         PETITORIO:

COMO PRETENSIÓN PRINCIPAL: Que, recurro a su Despacho a fin de interponer la presente demanda de cumplimiento contra el Director de la Unidad de Gestión Educativo Local Número 04-Comas, Lic. José Andrés Milla Fernandez, para que se dé cumplimiento a la Resolución Directoral Nº 006375, de fecha 22 de noviembre del 2011, y consecuentemente se le abone la cantidad de s/ 3,595.41 nuevos soles, monto aún no pagado la emplazada.

COMO PRETENSIÓN ACCESORIA: El pago de los costos y costas del proceso e intereses legales.

Todo ello en atención a los fundamentos de hecho y de derecho que expondré más adelante:

II.        DATOS DEL DEMANDADO:

Unidad de Gestión Educativa Local Numero 04-COMAS, en adelante UGEL.04, sito en Av. Maestro s/n Km 8.5 de la Av. Túpac Amaru, Urb. Carabayllo, Comas, Lima.

Asimismo solicito se notifique al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, con domicilio en el Jr. Sánchez Cerro N° 2150, Jesús María, Lima.

III.      FUNDAMENTOS DE HECHO:

3.1       En merito a mi condición de docente nombrada, que a la fecha viene laborando dentro de la jurisdicción de la demanda; al cumplir los 25 años de servicios oficiales, se emite la Resolución  Directoral N° 006375-2011 del 22 de noviembre del  2011, resolviendo FELICITARME por haber alcanzado a laborar los años indicados, a la vez que OTORGA la asignación económica de tres (03) remuneraciones mensuales totales, que alcanza a la suma S/ 3,595.41nuevo soles; monto que a la fecha no ha cumplido con abonar la demandada.

3.2       Desde la fecha de expedición del acto administrativo en mención, esto es, desde el  22 de noviembre del 2011, la emplazada no ha cumplido con ejecutar su decisión, pese a que el acto tiene la calidad de cosa decidida y/o  acto firme; muy por el contrario, manifiesta un comportamiento renuente a su cumplimiento.

3.3       En ese contexto y por encontrarse mis derechos expeditos para peticionar, con fecha 14 de abril del 2014, mediante documento de fecha cierta (Carta Notarial N° 18666) y anexando la Resolución Directoral N° 006375-2011 requerí a la mencionada UGEL.04, que cumpla con HACER EFECTIVO EL PAGO DISPUESTO en el acto administrativo; sin embargo, pese al tiempo trascurrido y el requerimiento formal, la accionada no cumple con pagar, evidenciándose de este proceder una renuencia en acatar el precitado acto.

3.4       Por lo que en merito a los fundamentos expuesto, así como dando cumpliendo de esta manera con el requisito especial de procedencia establecido en el Art. 69° del Código Procesal Constitucional y poder recurrir ante el Órgano Jurisdiccional competente para que se ordene el cumplimiento de la precitada norma, procédase en admitir la demanda incoada, considerando la Jurisprudencia:

EXP. N.° 06138-2007-PC/TC

Que conforme a lo establecido el artículo 69º del Código Procesal Constitucional, "(...) para la procedencia del proceso de cumplimiento se requerirá que el demandante previamente haya reclamado, por documento de fecha cierta, el cumplimiento del deber legal o administrativo, y que la autoridad se haya ratificado en su incumplimiento o no haya contestado dentro de los diez días útiles siguientes a la presentación de la solicitud". Asimismo, el artículo 70º del mismo cuerpo normativo establece que "No procede el proceso de cumplimiento: (…) 7) Cuando no se cumplió con el requisito especial de la demanda previsto por el artículo 69º del presente Código (…)".

IV.      REQUISITOS ESPECIALES DE PROCEDENCIA CONFORME AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL:

 

Por tanto, se puede concluir, de conformidad con la STC N.º 168-2005-PC/TC, que la precitada Resolución Directoral contiene un mandato: a) vigente, pues no ha sido declarado nulo; b) cierto y claro, pues se infiere indubitablemente la fecha y el monto que se le abonará al demandante; c) no sujeto a controversia compleja ni a interpretaciones dispares; y d) permiten individualizar de manera explícita a la demandante como beneficiaria; por lo que dicha resolución resulta ser un mandato de obligatorio cumplimiento, pues en el proceso de cumplimiento lo que se sanciona es la omisión de los funcionarios de ejecutar o acatar una resolución administrativa, tal como se ha acreditado en el presente caso, por lo que señor Juez, la demanda debe ser estimada. 

 

V.        SOBRE LOS COSTOS E INTERES QUE DEMANDO:

Estando acreditado que la parte demandada ha vulnerado mi derecho, corresponde, de conformidad con el Art. 56º del Código Procesal Constitucional, que asuma los costos procesales, los cuales deberán ser liquidados en la etapa de ejecución de sentencia; y de conformidad con los Art. 1236º y 1244º del Código Civil, debe abonarse los intereses legales a partir de la fecha en que se determinó el pago de los derechos a la recurrente hasta la fecha en que éste se haga efectivo; previa liquidación que efectué el órgano jurisdiccional.

VI.      FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Que,  presente demanda  se  fundamenta  jurídicamente  en las siguientes  disposiciones:

El Art.  200º, núm. 6  de la  Constitución  Política: 

Son garantías constitucionales: La Acción de Cumplimiento que procede contra cualquier autoridad administrativa o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo, sin perjuicio de las  responsabilidades de ley.

Como quiera que en el presente caso exista una Resolución Directoral que contiene un mandato que debe cumplir el demandado, invoco la aplicación de la norma citada referente al proceso de cumplimiento

El Art. 66º, núm. 1 del Código Procesal Constitucional:

Es objeto del proceso de cumplimiento  ordenar que el funcionario o autoridad  pública renuente: 1) De  cumplimiento a una norma legal o ejecute un acto a administrativo  firme. 

El Art. 73º del Código Procesal Constitucional: Ejecución de la sentencia:

La sentencia firme que ordena el cumplimiento del deber omitido, será cumplida de conformidad con lo previsto por el Art. 22º del presente Código.

VII.     VIA   PROCEDIMIENTAL:

La vía especial prevista en el Código procesal constitucional.

VIII.   MONTO DEL PETITORIO

Debido a la naturaleza de la pretensión no es cuantificable en dinero, toda vez que se encuentra la asignación económica indicada en el acto, los costos y costas, más los intereses. El monto consignado no es el objeto de la presente demanda sino el cumplimiento de un acto administrativo.

IX.      LA COMPETENCIA:

El Juzgado Especializado en lo Civil de San Juan de Miraflores al momento de interponerse esta demanda, es competente para conocer y tramitar el proceso, por razón de materia, la cual está dada por la naturaleza de la pretensión demandada; por razón de territorio, al encontrase ubicado el domicilio de la emplazada, UGEL.01, dentro del ámbito territorial de su judicatura. 

X.        MEDIOS   DE   PRUEBA:

Ofrezco  el  merito de  los  siguientes medios de prueba:

5.1       El mérito de la Resolución Directoral N° 006375-2011 que FELICITAR y OTORGA la asignación económica, cuyo cumplimiento pretendo.

5.2       El mérito de la Carta Notarial, remita con fecha 14 de abril del 2014, ingresada al domicilio de la emplazada con registro 24839-2014.

XI.      ANEXOS:

ANEXO  1.A DNI  de la  recurrente.

ANEXO  1.B Resolución Directoral  N° 006375-2011

ANEXO  1.C Carta Notarial con registro 24839-2014

POR  TANTO:

A  Usted  señor  Juez  solicito  admitir  la presente demanda,  tramitarla de  acuerdo   a  su  naturaleza  y  oportunamente   declararla  fundada.

PRIMER OTRO SIDIGO: Que, conforme al artículo 80º del CPC confiero las facultades generales de representación a favor del letrado que la suscribe, con registro CAL Nº 32985; conforme lo prevé el numeral 74º del mismo cuerpo legal acotado; para lo cual manifiesto estar instruido de las facultades conferidas y de sus alcances y señalo como domicilio lo indicado en el presente documento.

SEGUNDO OTROSI DIGO.- Que,  se   adjunta tres (03) copias simples  de  la demanda  y  recaudos  para  notificar  debidamente  a  la  parte  emplazada.  

 

Lima, 13 de abril del 2014

Publicado por Antonio Zarazu Gomero en 22:30 

 Fuente: http://abogazago.blogspot.com/2014/05/que-hacer-con-las-resoluciones.html

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miércoles, 21 de mayo de 2014

D.S. Nº 003-2014-MINEDU, Incorporan Disposición al Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial

Para su información
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D.S. Nº 003-2014-MINEDU, Incorporan Disposición al Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial

El artículo 33 de la Ley de Reforma Magisterial, Ley Nº 29944, se refiere al acceso a cargos y periodo de gestión, e indica: "El profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por un periodo de tres años. Al término del periodo de gestión es evaluado para determinar su continuidad en el cargo o su retorno al cargo docente". Esto significa que todos los nombramientos y designaciones de cargos directivos efectuados por normas legales anteriores a la Ley de Reforma Magisterial, para poder ser adecuados al área de desempeño laboral de gestión institucional tienen que ser previamente evaluados; razón por la cual la primera convocatoria para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector en este año, debe ser para los directores nombrados y/o designados bajo el amparo de normas legales anteriores a la Ley de Reforma Magisterial, para poder determinar su continuidad en el cargo o su retorno al cargo docente. 
MÁS EN: http://www.educacionenred.pe/noticia/?portada=42351#ixzz32JHIlKU8
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martes, 20 de mayo de 2014

SUTEP TRUJILLO: 21 DE MAYO ASAMBLEA DE DELEGADOS


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CPPe, COMITÉ ELECTORAL REGIÓN LA LIBERTAD:COMUNICADO

CPPe 


COLEGIO REGIONAL DE PROFESORES DE LA LIBERTAD


COMITÉ ELECTORAL REGIÓN LA LIBERTAD


Nota de Prensa


Elecciones para renovar la Junta Directiva Regional


1.      El día 13 de julio de 2014 se realizará, indefectiblemente, las elecciones para elegir al Decano y la Junta Directiva del Colegio Regional de Profesores de La Libertad, junto a otras 18 regiones del país, en cumplimiento de las normas estatutarias, informaron los Profesores Wilder Villachica Gambini y Eustacio Saona Rodríguez, Decano y Presidente del Comité Electoral Regional, respectivamente.

2.      Llamamos a los maestros de Trujillo y las demás provincias de la región a participar activamente en este proceso electoral, organizando o apoyando las Listas de Candidatos, que permitirá el fortalecimiento y la institucionalidad de nuestra orden profesional, para garantizar el respeto de las autoridades y de la sociedad a los educadores profesionales, manifestaron los directivos del Colegio Regional de Profesores.

3.      Reiteramos a los miembros de la orden, que la inscripción de las listas de candidatos será hasta el viernes 23 de mayo, por lo que los instamos a no esperar la última hora, y se logre la amplia participación de los educadores en este proceso de renovación dirigencial, para lo cual el Comité Electoral estará atendiendo e informando en la Sala de Profesores del Colegio "Modelo", de 5.00 a 7.00 pm, y en el Correo Electrónico celectoralcppe.lalibertad@gmail.com,  finalizaron los profesores Villachica y Saona.

Trujillo, 19 de mayo de 2014

 

         WILDER VILLACHICA GAMBINI               EUSTACIO SAONA RODRIGUEZ

                    DECANO                                             PRESIDENTE COMITÉ ELECTORAL

        CPPe REGION LA LIBERTAD                                CPPe REGION LA LIBERTAD 

 


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lunes, 19 de mayo de 2014

DECANO NACIONAL DEL CPPe EN TRUJILLO

De: gilberto meza aguirre <grama513@hotmail.com>
Fecha: 19 de mayo de 2014, 12:50

El Decano Nacional del Colegio de Profesores del Perú, Profesor Julio Mendoza García, estuvo en Trujillo el viernes 16 de mayo, desarrollando un importante programa de actividades referidas a su cargo.

Fue invitado por el Colegio Regional de Profesores y el SUTEP La Libertad, a dictar una conferencia sobre la "Inconstitucionalidad de la Ley de Reforma Magisterial", la misma que se realizó en el Auditorio del Colegio "Modelo", en el marco de sus actividades aniversarias.

Previamente estuvo en la plaza de armas de Trujillo en una nutrida conferencia de prensa, respecto de las próximas elecciones para renovar las juntas directivas de 19 Colegios Regionales y también respecto de la problemática magisterial y educativa.

Participó asimismo, invitado, en importantes programas radiales de la localidad norteña.

El magisterio trujillano y liberteño, agradecieron la visita del dirigente máximo de la orden profesional de los educadores profesionales peruanos y le instaron a que siga desplazándose por todo el país.

Fotos: https://www.facebook.com/media/set/?set=a.1410152019268718.1073741827.1410147145935872&type=3

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martes, 29 de abril de 2014

RM 152-2014-MINEDU

De: WALTER JAVIER QUIROZ YBAÑEZ
Fecha: 29 de abril de 2014, 15:58

Se adjunta R.M. Nº 152-2014-Minedu sobre padrones de II.EE. unidocentes, multigrado, intercultural bilingue, rural y ruralidad, frontera, Vraem.
Difundir y consultar entre el magisterio sobre los datos del presente norma, además de evitar exclusiones que puedan haberse producido.
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domingo, 27 de abril de 2014

LOS 8 APRENDIZAJES FUNDAMENTALES, ¿REALMENTE LO SON?

Por Carlos Rojas Galarza

¿A qué se llaman los aprendizajes? Según la concepción cognitiva-constructivista los aprendizajes son el eje de de todo el Marco Curricular. Aclaremos el concepto y las relaciones entre los actores de la clase o lección o sesión de aprendizaje. Los aprendizajes implican la relación entre el que aprende y el que enseña como también las enseñanzas están vinculadas al aprendiz y al enseñante. Estas relaciones en el acto educativo escolar se dan entonces entre el educador y el educando, entre el profesor y el alumno lo que configura una unidad dialéctica entre los aspectos de la enseñanza y el aprendizaje en la cual se trabaja la formación de la personalidad del que se está educando que significa necesariamente una dirección en la forja de esa personalidad. Este proceso educativo, objetivamente coloca al alumno como el sujeto principal del aprendizaje y al maestro como director de los aprendizajes a través de las enseñanzas vía asignaturas o áreas de integración de las disciplinas para ser asimiladas por sus discípulos en el alcance de determinados objetivos educativos. En consecuencia es significativo e imprescindible señalar de los procesos de enseñanza-aprendizaje (E-A). Por ello nos parece sumamente unilateral enfatizar únicamente los aprendizajes como se hace en las Rutas del Aprendizaje, porque es nada pedagógico, decir que los alumnos construyen sus propios saberes, en última instancia y el maestro es un simple facilitador de los aprendizajes. No es posible el aprendizaje sin la enseñanza, como no es posible la enseñanza sin aprendizaje. Peor aún si no se toma como referencia a la ciencia, de aprender conocimientos objetivos (verdaderos) o subjetivos (no verdaderos). Porque, como para los constructivistas, cada quien construye sus saberes (verdades) entonces no hay una verdad científica. (Yo ya dije mi verdad, ahora tú di la tuya y luego un tercero dice la suya). El constructivismo es un monumento al subjetivismo y a la metafísica.

Sobre los Aprendizajes fundamentales se señalan las siguientes:

1. Se comunica eficazmente de manera oral y escrita con perspectiva intercultural, en su lengua materna, en castellano y en una lengua extranjera, siempre que sea posible.

2. Hace uso de saberes científicos y matemáticos para afrontar desafíos diversos, en contextos reales o plausibles, desde una perspectiva intercultural.

3. Utiliza, innova, genera conocimiento, produce tecnología en diferentes contextos para enfrentar desafíos.

4. Actúan demostrando seguridad y cuidado de sí mismo, valorando su identidad personal, social y cultural, en distintos escenarios y circunstancias.

5. Reconoce, aprecia y produce diferentes lenguajes artísticos con eficiencia y autenticidad.

6. Se relaciona armónicamente con la naturaleza y promueve el manejo sostenible de los recursos.

7. Actúa con emprendimiento, hace uso de diversos conocimientos y maneja tecnología que le permite insertarse al mundo productivo.

8. Actúan en la vida social con plena conciencia de derechos y deberes, y con responsabilidad activa por el bien común.

Desde nuestra concepción vigotskiana, suponemos –aceptando por un momento esta selección de los 8AF- que en el Marco Curricular se darán a conocer los contenidos de enseñanza-aprendizaje en correspondencia con los planes de estudios por niveles, dándose a conocer las áreas o asignaturas, las competencias pedagógicas, capacidades e indicadores del Mapa de Progreso.

Nos preguntamos: De los 8AF, cuáles serán los que correspondan a las áreas curriculares, por ejemplo a ciencias sociales, particularmente a la ciencia de la historia, porque si se analiza, no hay ninguno de los ocho aprendizajes que tengan una relación directa que implique que los alumnos adquieran la conciencia e identidad históricas, tan importantes para la formación de una personalidad patriótica en los estudiantes.

Por otro lado, los ocho aprendizajes significan un proceso de interiorización de los contenidos curriculares que indiscutiblemente también tiene carácter social-ideológico. Por ello, señalamos que todos los fascículos son más que todo, recomendaciones didácticas o como se llaman hasta ahora procedimientos metodológicos. Por ello es que siempre hemos insistido en que lo ideológico, político y social se pueden ver con mayor caridad en las ciencias sociales inclusive naturales desde el enfoque epistemológico que le dan.

EN RELACIÓN CON EL BUEN DESEMPEÑO DOCENTE.- El Minedu ha preparado un documento de 54 páginas estructurado en base a dos columnas (a) Una nueva docencia para cambiar la educación y (2) El marco de buen desempeño docente. Consta de 4 dominios, 9 competencias y 40 desempeños. Un recetario teóricamente ambicioso que se estrella con la realidad económica, social y profesional del los docentes generalmente engañados y vejados con la reciente Ley de Reforma Magisterial y los despidos intempestivos a los docentes de 65 años de edad. En teoría hay interesantes propuestas como también polémicas, para enriquecer la práctica pedagógica, aunque se peca de exceso de competencias confusas y desempeños de dudosa práctica. Evade, por ejemplo, la comparación del ejercicio de los derechos profesionales que la ley de Colegiación como Orden Profesional les confiere a los educadores y el desconocimiento por parte del gobierno de esos derechos y la institucionalidad del Colegio.

Igual sucedió cuando el Colegio de Profesores del Perú presentó el Anteproyecto de la Nueva Ley del Profesorado propuesto por el SUTEP apara que se discutiera democráticamente en el Congreso de la República y prácticamente se le hizo caso omiso. Con sólo estos dos ejemplos que contradicen las recomendaciones del BDD, no hay confianza de parte de los maestros en lo que dice el Minedu.

Ahora lógicamente nuestra práctica pedagógica frente a los alumnos es otra, pero ya hay un descontento en el magisterio por el trato humillante históricamente al maestro.

Veamos una cita:" El país ha establecido un rumbo de consenso para la política educativa, expresado en el Proyecto Educativo Nacional. Allí se señala la necesidad de revalorar la profesión docente, no sólo a través de medidas de orden laboral sino, principalmente, replanteando el proyecto de docencia. Se requiere una nueva docencia, funcional a una educación y una escuela transformadas en espacios de aprendizaje de valores democráticos, de respeto y convivencia intercultural, de relación crítica y creativa con el saber y la ciencia, de promoción del emprendimiento y de una ciudadanía basada en derechos." Efectivamente hay la necesidad de revalorar la profesión docente, ¿Se está cumpliendo esta demanda, cuando el gobierno central (Legislativo y Ejecutivo) imponen disposiciones legales injustas como la de pagar de manera discriminatoria a docentes contratados y nombrados por el mismo trabajo? Por otra parte, en una economía de mercado ¿Se requiere una nueva docencia funcional a una educación y una escuela democráticas?, la práctica nos dice que el BM necesita una escuela y un profesorado funcionales a los intereses de las grandes transnacionales y a la gran burguesía de nuestro país.


Fuente: http://aportespedagogicos.blogspot.com/2014/04/los-8-aprendizajes-fundamentales_27.html


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jueves, 24 de abril de 2014

EL COLMO, EN TRUJILLO AGREDEN A MAESTROS Y TRABAJADORES EN EL PARO NACIONAL DEL 22 DE ABRIL

SOLUCIÓN NADA, REPRESIÓN SÍ, ES EL LEMA DE LOS GOBERNANTES NEOLIBERALES.

PARO NACIONAL DEL SUTEP, 22 DE ABRIL 2014,

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FF.AA. y narcotráfico, por Roberto Chiabra León

De: ALFONSO CALDERON OTOYA <saratoga_1915@hotmail.com>
Fecha: 24 de abril de 2014, 9:08




JUEVES 24 DE ABRIL DEL 2014 | 07:32

FF.AA. y narcotráfico, por Roberto Chiabra León

La política antidrogas en el país no ha tenido resultados positivos porque se enfrenta a una amenaza no militar


FF.AA. y narcotráfico, por Roberto Chiabra León


Roberto Chiabra León
  • Roberto Chiabra León
  • Ex ministro de Defensa

El Congreso faculta a las Fuerzas Armadas a tener una mayor participación en la lucha contra el narcotráfico en las zonas declaradas en emergencia. El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asigna las tareas a los comandos operacionales en función de sus capacidades para que sean más eficientes en su accionar. 

Según la estrategia de lucha contra el narcotráfico (Decreto Legislativo 824, del 23 de abril de 1996), la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea pueden efectuar el control de los puertos y aeródromos, así como realizar la interdicción fluvial y aérea (sin propósito letal y con alcances limitados por falta de apoyo de Estados Unidos desde el 2001). El Ejército, por su parte, puede constituir fuerzas de intervención rápida para actuar ante inteligencia puntual contra las bandas criminales armadas. La interdicción terrestre se realiza con laPolicía Antidrogas, órgano especializado de la Policía Nacional que dispone de la inteligencia del caso. 

Pese a las eventuales tareas de las Fuerzas Armadas, perseguir y detener a los implicados en actividades relacionadas con el tráfico ilícito de drogas (TID) y realizar el control de insumos químicos son tareas propias de la Policía Antidrogas dentro de su función de prevenir, investigar y combatir este delito. No se fortalece la lucha contra el narcotráfico asignándole a las Fuerzas Armadas tareas que son propias de la Policía Nacional. Por el contrario, se afecta a ambas. Lo más adecuado sería constituir comandos especiales organizados con personal de ambas instituciones, como se hizo en el Huallaga en 1993.

La estrategia antidrogas no será más eficaz con el Ejército persiguiendo mochileros por la selva, sino con una mayor dedicación de la Sunat en el control de insumos químicos que siguen ingresando en forma masiva al Vraem y al Perú, con un mayor esfuerzo en la sustitución de la economía del narcotráfico para recuperar a las familias dedicadas al TID por ser su única alternativa de vida, con un eficiente sistema de control de lavado de activos y con el combate decidido contra los delitos vinculados con el narcotráfico (minería ilegal, tala ilegal de madera, contrabando, trata de personas, extorsiones). La solución es integral, no militar. Disponer la participación de las Fuerzas Armadas es una manera de simular que se está combatiendo al narcotráfico en el país.

Esta amenaza ha crecido y se ha diversificado en forma alarmante, debiendo ser enfrentada en todas sus manifestaciones porque genera inestabilidad política, pone en riesgo la seguridad interna y el orden jurídico establecido, distorsiona la economía, produce corrupción en todos los estratos sociales, fomenta la violencia y atenta contra la vida, salud y moral de los ciudadanos. 

La política antidrogas aplicada en el país no ha tenido resultados positivos porque se enfrenta una amenaza de naturaleza no militar, alcance multidimensional y carácter transnacional con estrategias y medios esencialmente militares, y en un espacio geográfico limitado pese a ser una amenaza a escala nacional que ha convertido al país en el primer productor y exportador mundial de cocaína. Se requiere reducir su poder y frenar su violencia con la aplicación de una estrategia nacional con la dirección de una autoridad del más alto nivel (primer ministro) que lidere un consejo de lucha integrado por todas las instituciones y organismos relacionados con la lucha contra el delito de tráfico ilegal de drogas.


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LA BONIFICACIÓN POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN.

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miércoles, 23 de abril de 2014

Maestros del Sutep acatan hoy un paro de 24 horas



Los maestros afiliados al Sindicato Único de Trabajadores en la Educación del Perú (Sutep), acatarán hoy un paro de 24 horas para rechazar la Ley de Reforma Magisterial y exigir mejoras salariales.

El secretario general del gremio, Hamer Villena, informó indicó que si el Gobierno no resuelve sus demandas considerarán realizar una huelga indefinida.

"Hemos estado un año y seis meses dialogando para el cumplimiento del acta donde el Ejecutivo prometía el pago de nuestros beneficios", indicó.

Informó que se ha incumplido con la formación de la Comisión Multisectorial integrada por los ministerios de Economía, Educación, Trabajo, Sutep y la PCM, y destacó que de parte de los entes de Justicia y Educación ya hubo un reconocimiento de la deuda social, pero "el entrampamiento viene de parte del MEF".

"Hay una terca posición de (los ministerios de) Economía y Trabajo en interpretar una remuneración total al 20% cuando debería ser del 30% reconocimiento un bono por preparación de clases. Eso está en la ley, allí se especifica que los sueldo se hacen en base a la remuneración bruta", expresó.

Se conocer que en Piura unos 19 mil profesores marcharán por las calles de la ciudad. También en el Cusco los tres gremios afiliados al Sutep han confirmado su participación. 


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martes, 22 de abril de 2014

Sutep paraliza hoy por mayor aumento y contra la Ley Magisterial



Demandas. Profesores de colegios públicos también piden incremento del presupuesto para el sector Educación.

El Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación  (Sutep) acata hoy un paro nacional de 24 horas en rechazo a la Ley de Reforma Magisterial que emprende el Poder Ejecutivo. Entre las demandas específicas se encuentran las mejoras salariales y el aumento del presupuesto anual para el sector educación.

"El entrampamiento viene por la terca posición del Ministerio de Economía y de Trabajo. Se maltrata a los maestros con la Ley de Reforma Magisterial. No se paga a los profesores que están en el Vraem, por eso renuncian los maestros de esa zona", relató el secretario general del Sutep, Hammer Villena, quien lamentó quela pensión para los trabajadores de la educación sea de S/. 600, menos del sueldo mínimo.

En el mismo sentido, el dirigente afirmó que el diálogo que el gremio de maestros sostiene con la comisión multisectorial del Ejecutivo destinada a este tema solo ha abordado el tema de la "deuda histórica" que ha existido con el magisterio desde el gobierno de Alberto Fujimori.

"El propio ministro ha reconocido que somos los peor pagados de América Latina. Por eso hemos puesto en discusión la necesidad de un piso salarial para el magisterio. Si no se resuelve esta mesa de diálogo, nos vemos obligados a un paro de 24 horas. Si aun así no se resuelve, evaluaremos otro tipo de medidas", advirtió Villena, quien añadió que las conversaciones con el Ejecutivo llevan seis meses y no se ha alcanzado una solución.

Es importante señalar que en la movilización de hoy no participarán los maestros afiliados a la Federación Nacional de Educadores (Fendep), quienes anunciaron hace unos días que presentarán un pliego de reclamos por su parte. 

Ayer, Hamer Villena volvió a acusar a esta federación de albergar profesores vinculados al Movadef.

Fuente:

http://www.larepublica.pe/22-04-2014/sutep-paraliza-hoy-por-mayor-aumento-y-contra-la-ley-magisterial

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SUTEP ANCASH DESLINDA CON SENDERO LUMINOSO



 

EL SECRETARIO GENERAL DEL SUTE ANCASH, PROFESOR ELIAS GUERRERO BRAVO; DESLINDA CONTUNDENTE Y CATEGÓRICAMENTE CON SENDERO LUMINOSO: CONARE MOVADEF Y CONARE PROSEGUIR, FACHADAS DE S.L. QUE PRETENDEN CONFUNDIR LAS LUCHAS REINVINDICATIVAS, PEDAGÓGICAS Y LEGALES DEL SUTEP. POR LO QUE, LLAMA A LA UNIDAD MAS AMPLIA PARA CERRAR FILAS CONTRA ESTAS FACCIONES QUE HAN HECHO MUCHO DAÑO AL SUTEP.
EL SUTEP, NO DEFIENDE PRESOS POLÍTICOS, DEFIENDE LOS DERECHOS DE LOS MAESTROS REINVINDICATIVOS Y CON PROPUESTAS PEDAGÓGICAS, EDUCATIVO PARA LA EDUCACIÓN PERUANA CON CURRICULO TRANSFORMADOR Y LIBERADORA

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ANULAN INSCRIPCIÓN DE L FENDEP

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domingo, 20 de abril de 2014

EL SUTEP ANUNCIA PARO NACIONAL



El Sutep anuncia paro nacional de 24 horas para exigir mejoras
La República, Domingo, 20 de abril de 2014

(Extracto)
Los maestros afiliados al Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú (Sutep) acatarán este martes una paralización de 24 horas para rechazar la Ley de Reforma Magisterial, exigir mejoras salariales y el incremento del presupuesto nacional para el sector educación hasta el 6% del PBI.
Docentes de Lima y provincias se plegarán a la medida de fuerza. En Piura, unos 19 mil profesores marcharán por las calles de la ciudad. También en el Cusco los tres gremios afiliados al Sutep han confirmado su participación.


http://www.larepublica.pe/20-04-2014/el-sutep-anuncia-paro-nacional-de-24-horas-para-exigir-mejoras

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Los tres problemas que existen en el sector educación del Perú

Uno de los problemas que se obvia es que al maestro se le ha degradado y que no se menciona en el presente artículo, asimismo falta señalar que las políticas neoliberales en educación han fracasado y se necesitan cambios en ese aspecto, es por eso que el magisterio estará realizando un paro nacional el 22 de abril.


Los tres problemas que existen en el sector educación del Perú

Hugo Díaz, vicepresidente del CNE, dijo que entre las regiones del país la diferencia en el nivel de aprendizaje es abismal.

MARITA ZAVALETA

El vicepresidente del Consejo Nacional de Educación (CNE)Hugo Díaz, dijo que, a su entender, el Perú enfrenta tres grandes problemas básicos en el nivel educativo.

El primer problema, afirmó, radica en la falta de calidad y equidad. "Somos un país demasiado inequitativo en términos de calidad de los aprendizajes", sentenció Díaz, quien explicó que en la última prueba de Evaluación Censal Estudiantil (ECE) 2013, aplicada por el Ministerio de Educación, la diferencia entre los resultados de la región mejor calificada (Moquegua) y la peor calificada (Loreto) fue abismal.

"Los niños de segundo de primaria de colegios de Moquegua obtuvieron resultados tres veces mejor que los de Loreto tanto en matemáticas como compresión lectora", añadió.

El segundo problema, enfatizó, es el enorme divorcio entre lo que propone el sistema educativo -a nivel superior- y lo que necesita el el mercado actual. Las carreras en las cuales se está formando a los jóvenes muchas veces se hallan alejadas de las necesidades del sistema productivos. El gran riesgo es que, en algún momento, el crecimiento sostenido del país pueda paralizarse justamente por esa razón".

Por último, pero no menos importante, la mala gestión de la ejecución del presupuesto en el sector es preocupante. Díaz aseguró que "anualmente [el Minedu] devuelve S/. 2. 850 millones al Tesoro Público". Además, la exigencias que implica manejar estos montos de dinero desbordan las capacidades en la administración. 

Sobre este punto recalcó que en el sector educación se necesita de una gestión más profesional, para lo que se requiere recultar a los mejores talentos. 

INCENTIVO SALARIAL

Díaz indicó que se requiere una mejor remuneración. ya que la falta de incentivo monetario disminuye las ganas de querer ejercer una carrera pedagógica. 

"Los sueldos empezaron a decaer progresivamente desde el año 65' y continuaron así hasta finales de los 90'. Esto ha producido que pocas personas, por lo menos los egresados más calificados en la educación secundaria, se interesen por ser profesores. Hay unadato estadístico que señala que más o menos la tercera parte de quienes estudian la carrera docente pertenecen a los estratos pobres de la población", agregó.

Este deterioro del salario ha incidido en la baja calidad de los maestros peruanos. "Hay una fuerte asociación entre el desempeño de los alumnos con el de los profesores".

¿CÓMO REMENDAR EL DAÑO?

"Existen soluciones a este problema pero todas son a largo plazo. Por eso, es necesario que se comiencen a tomar desde ahora", precisó Díaz. 

La que encabeza la lista es elevar el piso salarial para los maestros y directores. "El salario con el que inician la carrera los docentes es muy bajo. Ganar S/.1200 ó S/.1500 soles no es un incentivo para aquellas personas que quieren iniciar la carrera pedagógica".

Lo segundo es que hay que ofrecer una carrera atractiva y eso supone que al llegar al último nivel de la escala magisterial se le permita al docente no solo duplicar su sueldo, sino incluso triplicarlo. Así como tener opciones de capacitarse y obtener mayores herramientas para desempeñarse efectivamente.

Finalmente, comentó que se deben generar condiciones y reglas del juego en el trabajo magisterial que permitan que las personas estén motivadas y contentas dentro de la carrera. "Desgraciadamente, una persona que empieza su carrera en el área rural la tiene muy difícil para que sea trasladado al área urbana. Muchas veces deben entregar coimas de por medio".

Resaltó que este tipo de condiciones tienen que desaparecer, ya que el maestro debe sentirse mucho más apoyado por parte de la administración de manera que su compromiso aumente y no disminuya con el tiempo.

Fuente: http://elcomercio.pe/economia/peru/tres-problemas-que-existen-sector-educacion-peru-noticia-1714189

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viernes, 18 de abril de 2014

García Márquez forjó una "amistad intelectual" con líder cubano Fidel Castro



Gabriel García Márquez describió en vida la amistad que mantenía con el líder cubano, Fidel Castro, como una "amistad de intelectuales". Gabo fue uno de los personajes más influyentes de Colombia no solo por su pasión por la cultura sino también por su compromiso político del lado de los pobres.

El escritor colombiano Gabriel García Márquez describió su amistad que mantenía con el líder de la revolución cubana, Fidel Castro, como una "amistad de intelectuales", que se fue forjando en enero de 1959 cuando llegó a la isla como periodista a cubrir la llegada al poder de los guerrilleros "barbudos" que comandaba Castro. teleSUR



"La nuestra es una amistad intelectual, cuando estamos juntos hablamos de literatura", dijo Gabo en 1981 -un año antes de recibir el Premio Nobel- para explicar cómo eran sus encuentros.

Gabo -como le decían sus amigos- fue un crítico de las dictaduras y los regímenes autoritarios de derecha de América Latina, por lo que permaneció siempre fiel a esa amistad con Fidel Castro, incluso a veces a riesgo de ser criticado.


"Nuestra amistad fue fruto de una relación cultivada durante muchos años en que el número de conversaciones, siempre para mí amenas, sumaron centenares", relató Castro en 2008 cuando recibió a Gabo y su esposa Mercedes, dos años después de la crisis de salud que lo llevó a dejar el poder en 2006.

Por su parte Gabriel García Márquez dijo en 2009 sobre Fidel Castro en un artículo que publicó en Cuba Debate que "su devoción por la palabra. Su poder de seducción. Va a buscar los problemas donde estén. Los ímpetus de la inspiración son propios de su estilo. Los libros reflejan muy bien la amplitud de sus gustos. Dejó de fumar para tener la autoridad moral para combatir el tabaquismo".

El texto continuaba diciendo: "Le gusta preparar las recetas de cocina con una especie de fervor científico. Se mantiene en excelentes condiciones físicas con varias horas de gimnasia diaria y de natación frecuente. Paciencia invencible. Disciplina férrea. La fuerza de la imaginación lo arrastra a los imprevistos. Tan importante como aprender a trabajar es aprender a descansar".


Gabo fue uno de los personajes más influyentes de Colombia no solo por su pasión por la cultura latinoamericana que aparece reflejada en sus obras literarias, sino también por su compromiso político del lado de los pobres y los débiles contra la opresión nacional en los años 70 y la explotación extranjera en la región.

Las relaciones que fue construyendo a lo largo de su vida lo llevaron a conmocionar al mundo, aquel 21 de octubre de 1982 cuando la Academia de Letras de Suecia decidió de manera unánime otorgarle el Premio Nobel de Literatura.

http://www.telesurtv.net/articulos/2014/04/17/gabriel-gracia-marquez-sobre-fidel-la-nuestra-es-una-amistad-intelectual-103.html




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SUTEP TRUJILLO- LA LIBERTAD:PARO DEL 14 DE JUNIO 2012